Veedor y Procuraduría exigen al Invías la atención a puntos críticos de la vía Curos Málaga

Veedor y Procuraduría exigen al Invías la atención a puntos críticos de la vía Curos Málaga

noviembre 27, 2020 Desactivado Por Lsfadmin

Este fue el pronunciamiento del Ministerio Público quien pidió la Invías que ejecute las obras restantes en aras de garantizar la vida de los habitantes de la provincia de García Rovira.

 

Dicha intervención del Ministerio Público, se hace en medio del comité de verificación, señaló la Procuraduría que es el  Invías es quien tiene un compromiso de atención a los puntos críticos, sin embargo, el pasado 12 de noviembre, el Invías presenta un informe de atención a los puntos críticos en donde se compromete a señalizar dichos lugares neurálgicos sobre la vía, pero e llamado de atención que hizo la procuraduría es  para que se intervengan los puntos críticos y no simplemente con la señalización se de cumplimiento al compromiso del invías.

De otra parte el veedor aseguró que esta comunicación es importante frente al litigio que busca que se complete de manera definitiva la pavimentación de la vía Curos Málaga.

«La Procuraduría General de la Nación ha oficiado de manera inmediata e inminente intervención de los puntos críticos de la vía Curos Málaga, especialmente, los que se encuentran siniestrados, estamos hablando de la Judía y el unto crítico 43, 33,  35 y 15, además  los que ya se construyeron pero están colapsadas. En este informe la Procuraduría es está advirtiendo que se necesita una intervención urgente, o estamos en un punto de un desacato por parte el Invías. La Procuraduría ratifica la posición del suscrito frente al peligro que representa el riesgo a la vida, de igual manera, apoya la posición en la cual los alcaldes de la provincia que tienen jurisdicción sobre la vía para que puntualicen, cuáles son los puntos urgentes en los cuales se necesita intervención.»

Este fue el oficio de la Procuraduría sobre la vía Curos Málaga

PROCURADURÍA JUDICIAL 158 ASUNTOS ADMINISTRATIVOS
Bucaramanga, 26 de Noviembre de 2019
Señores
MAGISTRADOS DEL HONORABLE TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE
SANTANDER
E. S. D.
REF: Verificación cumplimiento de Sentencia – Acción Popular
Magistrado Ponente: Dra. Solange Blanco Villamizar.
Accionante: DANIL ROMAN VELANDIA ROJAS
Accionado: INVIAS – FONDO DE ADAPTACIÓN
Expediente No. 68001233300020150084700
INTERVENCIÓN POR SITUACIÓN DE PUNTOS CRÍTICOS

Como Agente del Ministerio, e integrante del Comité de Verificación del cumplimiento de la sentencia proferida en el radicado de la referencia, atendiendo la intervención realizada ante su despacho por el actor popular así como las
solicitudes elevadas por aquel directamente a esta Procuraduria en el mismo sentido, y una vez verificado el memorial presentado por el INVIAS con fecha 12 de noviembre que reposa en el expediente, se encuentra que:

1. El INVÍAS reconoce e identifica la existencia de puntos críticos, a los que hace referencia la sentencia objeto de cumplimiento: “la solución a los puntos críticos actualmente existentes y los diferentes protocolos para evitar que las diversas contingencias se materialicen con la afectación a derechos fundamentales de quienes por allí transitan”. (Numeral segundo sentencia de primera instancia, confirmada por el Consejo de Estado)

2. No obstante lo anterior, no se advierte que presente solución a los mismos como lo dispone la sentencia, y se desconoce desde el punto de vista técnico, si – como se advierte en las fotografías, las barricadas de serramiento vial,
remoción de escombros, y avisos – garantizan, como refiere la sentencia, evitar que las diversas contigencias se materialcen con la afectaciòn de los derechos fundamentales de quienes por allí transitan.

Por lo anterior solicito, con el fin de verificar el cumplimiento de la sentencia, se requiera al INVIAS, que presente el plan de solución a los puntos críticos que evidencia su informe del 12 de noviembre y demás puntos críticos existentes en la vía; así como las medidas para salvaguardar la vida e integridad de las personas que por allí transitan, durante el lapso que se requeria para que la solución a los puntos críticos finalice.

 

Dado que el actor popular, advierte posible amenza a derechos fundamentales, se otorgue un plazo acorde con la situaciòn que presenta la vía, esto es la mayor brevedad posible, reiterando que ese apartado de la orden contenida en la sentencia no se advierte a la fecha cumplido, y frente a este punto se estaría en eventual desacato.
Lo anterior, sin perjuicio de la valoraciòn que su señorìa efectúe al memorial presentado por el actor popular, particularmente de requerirse informe a los alcaldes miembros del Comité sobre la situación actual de los puntos críticos y si las medidas del INVÍAS, satisfacen evitar que se materialicen contingencias que afecten derechos fundamentales.

EDDY ALEXANDRA VILLAMIZAR SCHILLER
Procuradora 158 Judicial II Administrativo